Close Menu
Observador Edoméx
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Observador Edoméx
    Facebook X (Twitter) YouTube
    • Portada
    • EdoMéx
    • Municipios
    • Internacional
    • Nacional
    • Cultura
    • Deportes
    • Educación
    • Salud
    • Seguridad
    Observador Edoméx
    Home»Congreso Edomex»Aprueba  Sexagésima Segunda  Legislatura Mexiquense  reforma electoral en materia judicial
    Congreso Edomex

    Aprueba  Sexagésima Segunda  Legislatura Mexiquense  reforma electoral en materia judicial

    enero 15, 2025
    Compartir
    Facebook Twitter Email Copy Link Telegram WhatsApp
    • Diputadas, diputade y diputados locales avalan  reglas y plazos para elección de integrantes del Poder Judicial  en la entidad.

    Toluca, Estado de México, 14 de enero de 2025.- Como parte de las adecuaciones que conlleva la reforma judicial estatal, la LXII Legislatura mexiquense adecuó el Código Electoral del Estado de México, para el desarrollo de la elección extraordinaria de integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, de la mitad de las magistraturas y de las vacancias de personas juzgadoras, la cual se celebrará el próximo 1 de junio, mientras que la renovación de la totalidad de los cargos concluirá en los comicios ordinarios de 2027.

    Para tales efectos, se reformaron 34 artículos de este ordenamiento y se introdujo un Libro Décimo denominado «De la Elección de Personas Juzgadoras» con 58 artículos nuevos, donde se precisan las etapas del proceso electoral, cuya preparación inicia con la primera sesión del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), para posteriormente realizar la convocatoria general dirigida a los poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo (al que también le corresponde la emisión de la convocatoria general).

    De acuerdo con la iniciativa, presentada en el Primer Periodo Extraordinario de Sesiones por las bancadas de morena, PT y del PVEM, dentro de los 15 días posteriores a la publicación de la convocatoria, cada poder conformará un comité de evaluación y emitirá convocatorias específicas al proceso de evaluación y selección, cuyos resultados serán la base de los listados de cada uno, los cuales serán depurados mediante insaculación pública, considerando en todo momento la paridad de género.

    El documento, expuesto por el diputado Edgar Samuel Ríos Moreno (morena) y avalado por mayoría (con el voto en contra de las bancadas del PRI, PAN, Movimiento Ciudadano y PRD), puntualiza que la Legislatura integrará los listados y expedientes finales para remitirlos a más tardar el 12 de febrero al IEEM, que será encargado de preparar, organizar, desarrollar, supervisar y vigilar el proceso.

    Este instituto publicará la lista de candidaturas en la Gaceta del Gobierno, emitirá las reglas generales, aprobará el diseño de boletas y materiales electorales, calculará los topes de gastos de campaña, garantizará el acceso equitativo a radio y televisión; además, supervisará que no haya actos de proselitismo indebido por partidos políticos o personas servidoras, aunado a que podrá ajustar las jurisdicciones judiciales para facilitar el ejercicio del voto y organizará debates.

    La campaña iniciará en los 38 días anteriores a la jornada electoral que corresponda y concluirán tres días antes del día de la elección. Para fomentar una participación ciudadana informada, el IEEM dispondrá de un micrositio en el que se difundirá información detallada sobre las candidaturas.

    El Consejo General del IEEM realizará los cómputos de votos y emitirá las constancias de mayoría para las candidaturas ganadoras, respetando la paridad de género. Los resultados se remitirán al Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) para resolver eventuales impugnaciones, con fecha límite del 28 de agosto de 2025, pues las personas electas tomarán protesta el 5 de septiembre.

    En materia de propaganda, se prohíbe el uso de recursos públicos y cualquier tipo de promoción que implique beneficios directos o indirectos al electorado. Las personas servidoras públicas en funciones que aspiren a un cargo deberán actuar con estricta imparcialidad y profesionalismo, evitando cualquier uso indebido de recursos.

    La sustitución de candidaturas estará regulada y solo será posible antes de la impresión de boletas, además de que deberá realizarse a través de una insaculación pública entre las personas mejor evaluadas por los comités de evaluación.

    El proceso de elección de personas juzgadoras y magistradas se distinguirá por la exclusión de los partidos políticos, quienes no pueden intervenir en las comisiones, acciones, actividades y sesiones que se encuentren relacionadas con estos comicios.

    En la discusión, en lo particular, la diputada Ruth Salinas Reyes (Movimiento Ciudadano) reservó el artículo 234 para garantizar acciones afirmativas para grupos históricamente discriminados; sin embargo, la propuesta fue desechada.

    About Author

    @obsevadormexico

    See author's posts

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    Previous ArticleSINAÍ LUGO SE REÚNE CON DELEGADOS, COPACIS Y EJIDATARIOS PARA ESCUCHAR Y ATENDER SUS NECESIDADES
    Next Article Ciudadanos en el centro de la impartición de justicia: Fernando Díaz Juárez

    Related Posts

    Congresistas asisten al anuncio del partido de México rumbo al Mundial

    abril 14, 2026

    El futuro de nuestros bosques tiene Voz: Nelly Rivera Sánchez

    marzo 30, 2026

    La diputada Angélica Pérez  invita a la “Feria de la Trucha 2026” en su edición 35 en Amanalco de Becerra

    marzo 25, 2026

     Reconoce Delfina Gómez trabajo de la LXII Legislatura mexiquense

    marzo 24, 2026

    Destaca Martha Camacho valor de preservar culturas originarias

    marzo 22, 2026

    Recalca Lety Mejía trabajo en favor de comunidades indígenas

    marzo 20, 2026
    Facebook X (Twitter) YouTube
    © 2026 EL OBSERVADOR EDOMÉX. Diseñado por David Arroyo Arias.

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.